Nuevas sanciones penales por delitos…

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha recibido con satisfacción la reforma del artí­culo 268 del Código Penal que ha aprobado el Congreso, que castigará los delitos patrimoniales cometidos entre familiares cuando se haya abusado de la situación de vulnerabilidad de la ví­ctima, considerándose en ésta a las personas con discapacidad.

Hasta ahora, con el Código Penal vigente, los delitos patrimoniales entre familiares quedaban exentos de responsabilidad criminal, salvo que hubiera mediado violencia o intimidación, y solo tení­an consecuencias civiles.

 

Esta regulación legal dejaba desprotegidas a muchas personas con discapacidad o de edad avanzada que sufrí­an quebrantos patrimoniales y económicos por parte del entorno familiar que los atendí­a o cuidaba, sin que hubiera una respuesta penal a esas conductas ilí­citas.
Para acabar con esta situación de indefensión, el comité habí­a venido pidiendo la modificación del artí­culo 268 del Código Penal, para excluir a las personas vulnerables de esta excusa absolutoria, demanda asumida ahora por el legislador.

Por último, según la nueva redacción de este precepto, no operará esta exención de responsabilidad penal cuando concurra abuso de la vulnerabilidad de la ví­ctima, ya sea por razón de edad, o por tratarse de una persona con discapacidad. “Con esta modificación, la protección jurí­dica de las personas con discapacidad ante delitos patrimoniales y económicos mejora de modo considerable, por lo que sus derechos estarán más intensamente garantizados”.