La nueva Ley de Rehabilitación…

Una persona, en la imagen, ayuda a un usuario de silla de ruedas a subir una rampa.La nueva Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana, aprobada ya en las Cortes Generales, permitirá ocupar las superficies de espacios libres o de dominio público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u otros elementos, cuando no resulte viable, técnica o económicamente, ninguna otra solución para garantizar la accesibilidad universal y siempre que se asegure la funcionalidad de los espacios libres, dotaciones públicas y demás elementos del dominio público.

Precisamente, con este fin, de igual modo, podrán ocuparse, en esas mismas condiciones, superficies comunes de uso privativo, como vestí­bulos, descansillos, sobrecubiertas, voladizos y soportales, tanto si se ubican en el suelo como en el subsuelo o en el vuelo. A tales efectos, añade la nueva ley, que está pendiente de publicarse en el Boletí­n Oficial del Estado (BOE), que los instrumentos de ordenación urbaní­stica garantizarán la aplicación de dicha regla, bien permitiendo que aquellas superficies no computen a efectos del volumen edificable, ni de distancias mí­nimas a linderos, otras edificaciones o a la ví­a pública o alineaciones, bien aplicando cualquier otra técnica que, de conformidad con la legislación aplicable, consiga la misma finalidad.

Por último, con esta medida, reclamada y planteada por el Cermi desde hace años, “se facilitará la solución de graves problemas de accesibilidad en edificios de viviendas en los que resultaba imposible, por razones técnicas o económicas, instalar ascensores u otros elementos análogos”.