El reglamento obliga a los…

El reglamento de funcionamiento y régimen interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), que aprobó el pasado viernes el Consejo de Ministros y entró en vigor ayer, recoge que estos centros deben reunir las debidas condiciones de accesibilidad para acoger, en su caso, a personas con discapacidad.
Así­ lo recoge el real decreto que aprueba este reglamento, publicado este sábado en el Boletí­n Oficial del Estado (BOE), según destacó el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi). El artí­culo 7 del reglamento de estos centros, dedicado a determinar los requerimientos de las instalaciones y medios básicos de los que deben disponer, recoge esta demanda del Cermi. “Todas las instalaciones y dependencias deberán satisfacer las condiciones de accesibilidad e higiene y estar acondicionadas de manera que el volumen de espacio, ventilación, agua, alumbrado y calefacción se ajusten a las normas de habitabilidad y a las condiciones climáticas de la localidad donde se halle ubicado el centro. Asimismo, deberán estar equipadas del mobiliario suficiente para hacerlas aptas para el uso a que se destinan”, señala el artí­culo.

Asimismo, además de este requisito de accesibilidad, que se introduce como cuestión novedosa, el reglamento incluye en su artí­culo 1 a las personas con discapacidad entre los grupos vulnerables a los que hay que tratar con intervenciones menos restrictivas y prestando una atención especializada. “El principio de proporcionalidad en los medios utilizados y objetivos perseguidos, el de intervención menos restrictiva y el de atención especializada a personas vulnerables regirán, entre otros, la gestión de los centros”, recoge el reglamento.

Por último, entre los derechos de los internos, regulados en el artí­culo 16 del reglamento, se garantiza la no discriminación por razón de discapacidad.