Fin a la exclusión que…

El Grupo Parlamentario Popular del Senado ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que se tramita en estos momentos en la Cámara Alta, a fin de modificar el artí­culo 681 del Código Civil, cuya redacción actual impide a determinadas personas con discapacidad actuar como testigos en testamentos.

Según informó el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), el texto vigente del citado artí­culo del Código Civil dispone que no podrán ser testigos en los testamentos “los ciegos y los totalmente sordos o mudos” y “los que no estén en su sano juicio”, lo que, según la citada entidad, “supone una discriminación por motivos de discapacidad y entra en clara contradicción con los mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada y ratificada por España”.

 

A partir de esta enmienda, y una vez sea adoptada, el Código Civil ya no hará referencia a las personas con discapacidad para excluirlas de estas tareas, limitándose a establecer neutralmente que no podrán ser testigos en testamentos “los que no presenten el discernimiento necesario para desarrollar la labor testifical”.

El Cermi habí­a denunciado esta “flagrante exclusión” contra las personas con discapacidad y planteó al Ministerio de Justicia la modificación de este artí­culo del Código Civil, lo que se producirá con la presentación y posterior aprobación de esta enmienda en el marco del proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria. Según el calendario del Senado, está previsto que este proyecto de ley sea aprobado en el Pleno del próximo dí­a 9 de junio, para ser a continuación devuelto al Congreso para su adopción definitiva.