Avances en materia de discapacidad…

Entre los avances en materia de discapacidad de la ley de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) resalta la sustitución en el texto normativo del término “minusválido” por el de “persona con discapacidad”.

Se trata de la adaptación a la terminologí­a utilizada en la ley de adaptación normativa a la Convención de la ONU, y por la normativa comunitaria e internacional para referirse a las personas que tienen algún tipo de discapacidad.

La Ley significa el incremento de la cuantí­a de la sanción en caso de infracción reiterada de la obligación legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, o de la aplicación de sus medidas alternativas de carácter excepcional. Para el Cermi, se trata de una modificación “importante”, que “satisface parcialmente las pretensiones del movimiento de las personas con discapacidad”.

Esta medida supone que la sanción se impondrá en su grado máximo cuando, en los dos años anteriores a la fecha de la comisión de la infracción, el sujeto responsable ya hubiese sido sancionado en firme por incumplimiento de la obligación legal de la reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad o de la aplicación de sus medidas alternativas de carácter excepcional.

Así­, la sanción, en lugar de situarse en la franja de 626 a 1.250 euros, deberá ser obligatoriamente cinco veces superior, es decir, deberá situarse entre los 3.126 a los 6.250 euros. Y, además, será compatible con la norma general sobre reincidencia, que permite sancionar con el duplo de su cuantí­a, pudiendo llegar a los 6.250 euros.

El Cermi también hace referencia a otro avance de esta ley: la garantí­a de mantenimiento de las bonificaciones en las cuotas de las Seguridad Social por la contratación de las personas con discapacidad, tanto en empresas ordinarias como en Centros Especiales de Empleo.