Las entidades de gestión de…

Las entidades de gestión de derechos de autor deberán ampliar su función social a la inclusión de las personas con discapacidad en los campos creativos y artí­sticos, así­ como a la promoción de la oferta digital accesible, según dispone la ley que reforma la regulación normativa de la propiedad intelectual publicada hoy en el Boletí­n Oficial del Estado.

Según informó en un comunicado el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), en concreto, la nueva norma modifica el artí­culo 155 de la Ley de Propiedad Intelectual vigente, dedicado a la función social y al desarrollo de la oferta digital legal por parte de las entidades de gestión, a las que atribuye como tarea “las actividades para fomentar la integración de autores y artistas con discapacidad en su respectivo ámbito creativo o artí­stico, o ambos”. De igual modo, extiende el cometido social de estas entidades “a la promoción de la oferta digital de sus obras, creaciones y prestaciones, y el acceso de las personas con discapacidad a las mismas en el ámbito digital”.

 

Por último, con esta medida, solicitada por el Cermi, se refuerza la dimensión social e inclusiva de las entidades de gestión de derechos, incrementándose los recursos que en el futuro podrán destinarse a favorecer la creación cultural de las personas con discapacidad o el acceso a las creaciones culturales de esta parte de la población.