El BOE publica la relación de oficinas estatales de atención al ciudadano que deben ser accesibles
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó una resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueba la relación de oficinas de atención al ciudadano de la Administración General del Estado que han de reunir condiciones de accesibilidad universal.
Según esta decisión administrativa, todas las oficinas comprendidas en esa relación (que abarca desde las sedes ministeriales centrales a las dependencias de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria en todas las provincias y ciudades autónomas, entre otras) habrán de cumplir los requisitos de accesibilidad universal y diseño para todas las personas contenidos en el real decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado. La resolución incluye un anexo de ciudades que superan los 100.000 habitantes, distintas de las capitales de provincia y con oficinas de expedición del DNI y del pasaporte, que son Alcalá de henares, Alcobendas, Alcorcón, Algeciras, Badalona, Cartagena, Dos Hermanas, Elche, Fuenlabrada, Getafe, Gijón, Jerez de la Frontera, Leganés, Marbella, Mataró, Móstoles, Parla, Reus, Sabadell, San Cristóbal de la Laguna, Tarrasa, Telde, Torrejón de Ardoz y Vigo. El Comité Estatal de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) precisó en un comunicado que el resto de oficinas, sedes y dependencias de la Administración General del Estado no incluidas en esta relación “no significa que estén exentas de la obligación de ser accesibles, sino que las señaladas en el listado publicado hoy tienen que cumplir mayores y suplementarias exigencias de accesibilidad, por estar concebidas y tener como misión la atención directa a la ciudadanía”. El Cermi destacó que ha colaborado con la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas en la delimitación del universo de oficinas afectadas por estas obligaciones de accesibilidad y en la definición del procedimiento para incorporar progresivamente otros más, a fin de que la Administración General del Estado “avance en el objetivo de la accesibilidad universal”.