FAMMA remite a Consumo documentación…

En la imagen, dos vehí­culos que prestan servicio de Eurotaxi.FAMMA-Cocemfe Madrid acaba de remitir a la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid distinta documentación de í­ndole jurí­dica que acredita de forma fehaciente e inequí­voca que algunos profesionales del Eurotaxi madrileño han aplicado de manera sistemática y habitual tarifas abusivas y fuera de norma a personas con discapacidad.

 

La Federación, que ha denunciado públicamente esta situación a lo largo de las últimas semanas, se ha visto obligada a tomar esta medida con el fin de poder atajar de raí­z las prácticas ilegales que llevan a cabo algunos profesionales del sector del taxi, quienes, en el 100% de los casos analizados por FAMMA, aplicaron a personas con discapacidad una tarifa superior a los 5 euros en el momento de la recogida, cuando, precisamente, éste es el tope máximo legal fijado en los cuadros tarifarios vigentes en este 2013, así­ como en la Ordenanza Reguladora del Taxi de Madrid. FAMMA, que ha detectado que hay incluso casos en los que los taxistas han aplicado una tarifa en el momento de la recogida de 18 euros, tilda de “lamentables” este tipo de prácticas que están fuera de norma y que “menoscaban los derechos fundamentales de quienes tienen una discapacidad, como personas y como consumidores”.

Los usuarios del Eurotaxi que han vivido este tipo de actuaciones, según expone FAMMA en el escrito enviado a la Dirección General de Consumo, han sido objeto de una situación discriminatoria, dado que se les ha aplicado una tarifa ilegal y fuera de norma que no se aplica al resto de ciudadanos, lo que contraviene numerosos preceptos de la legislación vigente, entre ellos los que establece la Ley 51/2003 de Igualdad de oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau) o la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Precisamente, sin ir más lejos, en este último tratado, que ha sido rubricado por la Comunidad de Madrid en el pleno celebrado el 19 de junio de 2008, se establece, en su artí­culo 9, que la Administración debe garantizar la accesibilidad en igualdad de condiciones para todas las personas a “las instalaciones y los servicios abiertos al público o de uso público”, como, en este caso, el transporte. Por otra parte, FAMMA también ha detectado que los conductores aplican la cuantí­a máxima de recogida de 5 euros (o tarifas superiores) incluso en trayectos en los que, por proximidad, no se llegarí­a a ese importe y que, además de la aplicación de tarifas que están al margen de la legalidad, en los casos estudiados se brinda al usuario un servicio que, en muchos casos, no cumple con lo estipulado en la Ordenanza Reguladora del Taxi (entrega de tickets que no se ajustan a la norma,…).

Por último, la Federación seguirá en actitud vigilante para denunciar cualquier acción ilegal y discriminatoria que vulnere, como en este caso, los derechos de las personas con discapacidad y que, de no ponerse freno a este tipo de actuaciones, seguirá adelante con sus reivindicaciones hasta las últimas consecuencias, acudiendo para ello a cuantas instancias (administrativas o judiciales) estime oportuno para que se diriman las oportunas responsabilidades por este tipo de prácticas ilegales y poco éticas que no sólo perjudican a los ciudadanos con discapacidad usuarios de este servicio, sino también a los profesionales del taxi que actúan de forma honrada.