FAMMA advierte de penas de…

  • La Audiencia Provincial de Sevilla condena a seis meses de prisión y 6 € diarios de multa durante medio año a un ciudadano por un delito de falsificación de documento oficial, por aparcar con una copia plastificada de la tarjeta de su mujer en una plaza reservada para personas con movilidad reducida.
  • Actitudes de ciudadanos como el condenado, son reprobables y han de ser duramente castigadas para que cunda el ejemplo y nadie se aproveche de las acciones de discriminación positivas destinadas a mejorar la inclusión de las personas con discapacidad.
  • El delito de falsificación documental, por simular un documento, de manera que induzca a error sobre su autenticidad, está castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses, según el artículo 392 del Código Penal.
  • FAMMA recuerda que, a lo largo de sus 35 años de historia, ha trabajado y trabaja para que nadie pueda aprovecharse y sacar beneficio personal de las diversas circunstancias de las personas con discapacidad y movilidad reducida. Y aplaude lo dictaminado por la Justicia.

 

 

Madrid, 07 de julio de 2023.- La Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid, (FAMMA Cocemfe Madrid), avisa a los ciudadanos de los riesgos legales que pueden afrontar si hacen un uso fraudulento e ilícito de la tarjeta de aparcamiento dirigidas a personas con movilidad reducida.

Después de que hace unas semanas la Audiencia Provincial de Sevilla condenó a un hombre por un presunto delito de falsificación de documento oficial como así lo es la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida. Un título oficial que concede la Administración por el cumplimiento de unos requisitos a modo personal y de manera intransferible.

El individuo en cuestión, aparcó en una plaza reservada para personas con movilidad reducida, usando una reproducción fotostática plastificada de la tarjeta que hace uso su mujer. Con el fin de poder “estacionar privilegiadamente su propio coche”, tal y como recoge la sentencia del pasado 28 de septiembre por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla.

“En FAMMA llevamos 35 años trabajando para que nadie, sin discapacidad o autorización expresa para ello, se aproveche y saque beneficio de las diversas circunstancias que rodean a las personas con movilidad reducida y discapacidad, desde la perspectiva de la discriminación positiva. Es un compromiso férreo de la federación”, añade Font.

En el mismo documento se expone que el usuario la colocó estratégicamente, de manera que “quedara oculto el motivo de seguridad de la misma, el holograma anticopia”. Por ello, la Justicia le ha condenado a seis meses de prisión y una multa de seis euros diarios.

Según el artículo 392 del Código Penal, el delito de falsificación documental, por simular un documento, de manera que induzca a error sobre su autenticidad, castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

“Desde FAMMA valoramos positivamente la sentencia, pues la sociedad debe de estar completamente concienciada y sensibilizada con las personas con movilidad reducida y con la discapacidad. De la misma forma, es adecuado que este caso sirva de ejemplo a todos los ciudadanos para que sean conscientes que hechos, como los que se describen en la sentencia, pueden incurrir en un delito, explica Javier Font, presidente de FAMMA.