Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social
A partir de hoy, 28 de julio, quedan abiertas las inscripciones para las ayudas de fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social
Estas ayudas están destinadas a personas con discapacidad física, intelectual o sensorial y tiene por objeto regular, para el ejercicio 2021, la concesión de ayudas para determinados gastos que se ocasionen en el año 2021, así como aquellos gastos realizados a partir del 17 de agosto de 2020, fecha de finalización del plazo ordinario de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente a la anualidad 2020, para la cobertura de las necesidades propias de la discapacidad, que de no cubrirse situarían a la persona en un escenario de dificultad o vulnerabilidad social.
La dotación de la subvención es de 350.000€.
El plazo de presentación es del 28 de julio hasta el 17 de agosto.
Tipos de ayudas que se podrán solicitar (click)
Ayudas a la movilidad para:
a) Desplazamientos en taxi o VTC:
1.Para asistir al centro de trabajo:
- Cuantía máxima anual: 1.375 euros (125 euros × 11 meses).
- Cuantía máxima mensual: 125 euros.
2.Para asistir a cursos de formación reglada:
- Cuantía máxima anual: 1.250 euros (125 euros × 10 meses).
- Cuantía máxima mensual: 125 euros.
b) Adquisición de sillas de ruedas con motor eléctrico, únicamente en la tipología de scooter eléctrico o tecnología análoga, para la movilidad reducida: 700 euros.
c) Adaptación de vehículos a motor: cuantía máxima: 1.000 euros.
d) Eliminación de barreras en vehículos a motor, para trasladar a una persona con discapacidad: 2.000 euros.
Ayudas para la adquisición de productos de apoyo:
a) Para personas con discapacidad que presenten problemas específicos de comunicación y/o problemas asociados a un déficit visual, y/o auditivo diagnosticado. También problemas específicos de movilidad reducida reconocida.
1.Ordenador personal cuantía máxima: 500 euros.
2.Tableta cuantía máxima: 200 euros.
3.Comunicador cuantía máxima: 100 euros.
b) Dispositivo de comunicación electrónica alternativa y aumentativa (CAA): 3.000 euros.
c) Audífonos (a partir de 21 años) cuantía máxima 1.250 euros por cada uno.
d) Piezas adicionales, para la conservación del implante coclear (batería, cables, antenas, y/o reparaciones del procesador): 300 euros.
e) Instalación y obras de sistema de alarma para la vivienda particular en la que reside el solicitante con discapacidad auditiva que consista en el indicador luminoso de llamadas o avisadores luminosos de timbre o telefonillo, cuantía máxima de 900 euros.
f) Ayudas técnicas posturales:
1.Camas articuladas (incluido colchón) cuantía máxima 800 euros.
2.Colchones antiescaras cuantía máxima 250 euros.
3.Equipos posturales cuantía máxima 800 euros.
g) Ayudas técnicas de movilidad:
1.Elevadores de bañera cuantía máxima 400 euros.
2.Sillas especiales de ducha cuantía máxima 150 euros.
3.Grúas cuantía máxima 700 euros.
h) Plataformas o salvaescaleras para la vivienda habitual cuantía máxima 3.000 euros.
i) Ayudas técnicas para personas con discapacidad visual.
1.Lupas manuales o digitales, con o sin filtros 100 euros.
2.Gafas prismáticas o gafas de alta graduación 300 euros.
3.Termómetro, tensiómetro o glucómetro digital parlante 100 euros.
El pago de las ayudas que se concedan al amparo de esta Orden se realizará como anticipos a cuenta, con carácter previo a la justificación y como financiación necesaria para poder llevar a cabo los propósitos inherentes a la subvención.
Para más información puedes hacerlo en este enlace.