FAMMA reclama una verdadera educación…

FAMMA elabora un manifiesto para la consecución de la máxima autonomí­a personal de los niños y niñas con discapacidad fí­sica y orgánica en el dí­a universal de la infancia.

  • FAMMA-Cocemfe Madrid, solicita priorizar la educación como ví­a para que los niños con discapacidad comiencen a trabajar su autonomí­a personal. 
  • La Federación denuncia el incumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, que es de obligado cumplimiento y fue ratificada por España en 1990.

 

Madrid, 20 de noviembre de 2019. – La Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Fí­sica y Orgánica (FAMMA-Cocemfe Madrid) demanda a las administraciones una educación y juego inclusivo en la celebración del Dí­a Universal de la Infancia y el 20 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño suscrita por España.

FAMMA reclama el cumplimiento de los 54 artí­culos de la Convención, especialmente el artí­culo 23 que hace referencia a que el niño con discapacidad: “deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse por sí­ mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad”.

En palabras del presidente de FAMMA, Javier Font, “la educación es una de las mejores ví­as para permitir que los niños con discapacidad puedan disfrutar de una vida, en condiciones de autonomí­a personal, que les permitan participar activamente en todos los ámbitos de la vida y no depender de nadie en el futuro”.

FAMMA-Cocemfe Madrid ha elaborado el Manifiesto para la Consecución de la Máxima Autonomí­a Personal de los Niños y Niñas con Discapacidad Fí­sica y Orgánica, con los 10 principales cambios que los ayuntamientos, la Comunidad de Madrid y el resto de España aún debe interiorizar para cumplir el artí­culo 23 de la Convención sobre los Derechos del Niño:

  1. La accesibilidad de los centros educativos supone no crear y eliminar todo tipo de barreras en los centros escolares.
  2. La dotación a todos los centros educativos con los recursos humanos educativos necesarios, en función de las necesidades del alumnado, no en función de ratios como hasta ahora.
  3. Garantizar el aprendizaje y la participación en todas las actividades de los alumnos con necesidades educativas especiales. Para ello es necesario incorporar a los centros profesionales como los Maestros de Pedagogí­a Terapéutica y el Maestro de Audición y Lenguaje.
  4. Dotar a los centros educativos de los profesionales sanitarios DUE (enfermeros) necesarios que garanticen la participación en las actividades escolares de todos los alumnos con necesidad de atención sanitaria, sin que otros se queden desatendidos en el centro educativo.
  5. Reconocimiento de la figura profesional de terapeuta ocupacional en los centros educativos para para conseguir la mayor autonomí­a personal del alumnado con discapacidad y fomentar su inclusión.
  6. La accesibilidad del transporte escolar es importante para que ningún niño quede excluido de las salidas de convivencia y la realización de actividades en el exterior de los colegios, así­ como los desplazamientos desde sus viviendas a los centros educativos en las rutas de transporte. Por ello se ha de garantizar la accesibilidad en estos vehí­culos.
  7. La adecuada adaptación curricular de los alumnos con el fin de contemplar sus peculiaridades y poder realizar las adaptaciones necesarias que faciliten el aprendizaje y avance de estos alumnos.
  8. La seguridad ante las emergencias en los centros educativos supone tener en cuenta a los alumnos con movilidad reducida, en los planes de evacuación de los centros educativos, y adaptar los simulacros de emergencias a sus caracterí­sticas, de tal manera que permitan garantizar y preservar su seguridad en los centros educativos.
  9. Dotar a las escuelas infantiles de los recursos necesarios para facilitar el acceso de los menores, entre tres y cinco años de edad, sin discriminación, favoreciendo el máximo desarrollo y su autonomí­a personal en la edad temprana.
  10. Parques infantiles inclusivos en los que poder jugar con todos los niños. El diseño de los mismos debe estar regido por los criterios de Accesibilidad Universal y Diseño para Todos como así­ lo establece el artí­culo nueve de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de las Naciones Unidas.