Una aseguradora pagará 861.878 euros…

Una aseguradora privada ha sido condenada a pagar 861.878 euros por las “lesiones irreversibles y permanentes” que sufrió una niña durante el parto, en el que se utilizó fórceps, a consecuencia de una “negligencia profesional médica”.

Según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Valencia, facilitada por el Defensor del Paciente, la niña tiene ahora 8 años y “sin duda, precisa la asistencia permanente de otra persona” debido a su invalidez.

Los hechos se produjeron el 8 de noviembre de 2004 cuando durante el parto y, como “consecuencia de una mala práxis médica” la niña sufrió “lesiones irreversibles y permanentes por afectación medular”.

Según fuentes del Defensor del Paciente, el parto se produjo tras la rotura espontánea de la bolsa amniótica a la semana 36 de gestación en el Hospital Casa de la Salud de Valencia y con cargo al seguro privado Asisa.

Tras el alumbramiento, la madre de la niña sufrió una importante hemorragia que le produjo un shock hipovolémico debido a los desgarros vaginales que habí­a producido el fórceps, precisó una transfusión y estuvo ingresada durante 24 horas en la Unidad de Cuidados Intensivos.

La neonata, que nació con 2.560 gramos de peso, precisó reanimación con oxí­geno y requirió intubación, sufrió lesión medular, espasticidad en miembros superiores, hipotoní­a en miembros inferiores y parálisis Frénica Bilateral con insuficiencia respiratoria.

Las lesiones sufridas por la niña, según la sentencia, motivan que “en alguna medida tenga que utilizar respiración asistida y se propicien algunas infecciones en el sistema respiratorio”.

Según el fallo, la pequeña tuvo que estar hospitalizada 564 dí­as, se le tuvo que practicar una traqueotomí­a y ha quedado inútil total de las extremidades inferiores, siendo la actuación con las superiores muy limitada.

Aunque ocho años después va mejorando a base de sesiones de fisioterapia y rehabilitación, está escolarizada y su nivel cognoscitivo es inferior a lo normal.

“Sin duda, precisa la asistencia permanente de otra persona, y será necesario realizar algunos gastos de adaptación de elementos a esta situación”, añade el fallo.