Un nuevo sistema permitirá a…

En la imagen, una persona prueba una ayuda técnica.El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha creado un sistema informatizado para la recepción de comunicaciones de productos ortoprotésicos al Sistema Nacional de Salud (SNS) que permitirá a las empresas fabricantes informar de sus productos de cara a elaborar un catálogo común de estos productos.

Este sistema se conoce como SIRPO, según la orden ministerial publicada este sábado en el Boletí­n Oficial del Estado (BOE), y será gestionado por la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia del departamento de Ana Mato. Para facilitar la comunicación, se desarrollará una aplicación informática que tratará de simplificar al máximo la comunicación de la información, a la que se podrá acceder a través de la página web del Ministerio, y que según la orden ministerial deberá estar lista en los dos próximos meses.

Dicha orden establece que serán las propias empresas las que de forma voluntaria informen de sus productos ortoprotésicos, así­ como de sus componentes, recambios o accesorios. La comunicación no implica ningún derecho sobre la futura inclusión del producto en la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica. En cambio, sí­ implica que la empresa se compromete a mantenerla actualizada e informar de su situación de comercialización. Los productos registrados deberán estar incluidos en alguno de los apartados de prótesis externas, sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales que establece el Real Decreto que regula la cartera de servicios del SNS, siempre que estén comercializados; que precisen un ajuste básico o una adaptación individualizada al paciente; y que cuenten con el marcado CE. El nombre de los productos a comunicar al SIRPO estará constituido por una denominación genérica acompañada de una marca comercial o del nombre del titular o fabricante del producto o bien será un nombre de fantasí­a. Y para evitar que induzca a confusión, no podrá ser igual ni similar al de otros productos ortoprotésicos financiables o no financiables, ni al de medicamentos, al de otros productos sanitarios o al de productos dietéticos.

Por último, asimismo, Sanidad ha determinado que las empresas fabricantes deberán disponer de la estructura y medios adecuados para garantizar la calidad de los productos, los recambios y reparaciones durante la vida media útil del producto, cuando su naturaleza lo requiera, y disponer de un procedimiento de notificación en relación al sistema de vigilancia y alertas sanitarias.