Reintegro de gastos por prestación…

Devolución de los gastos producidos por la adquisición de material ortoprotésico prescrito por un médico especialista del Sistema Nacional de Salud, en la materia correspondiente a la clínica, que justifique la prescripción.

El material ortoprotésico incluido está contemplado en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y recogido en el vigente Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid.

La prescripción médica deberá ser anterior a la compra del producto a financiar.

Requisitos

  1. Ser titular de la tarjeta sanitaria individual emitida por la Comunidad de Madrid.
  2. Prescripción de material ortoprotésico realizada por un facultativo de atención especializada del Sistema Nacional de Salud, especialista en la materia correspondiente, a través de la aplicación informática de prescripción electrónica de material ortoprotésico.
  3. El informe médico complementario, emitido por el médico especialista en la materia correspondiente, del Sistema Nacional de Salud, es necesario en aquellos productos que se consideran de especial prescripción.
  4. Disponer de factura que acredite la adquisición del material ortoprotésico prescrito.
  5. Disponer de una cuenta corriente como titular o autorizado que permita efectuar el reintegro de la ayuda mediante transferencia bancaria.
  6. Cuando el solicitante sea una persona distinta al beneficiario de la prestación ortoprotésica, se acreditará el grado de parentesco o la representación legal según el Código Civil.
  7. En caso de actuar a través de representante, debe acreditar dicha representación.

 

 

Documentación a presentar

  1. Solicitud, que encontrará en el apartado Gestión de la página web Madrid.org > Convocatorias y prestaciones > Reintegro de Gastos por Prestación ortoprotésica.
  2. Copia de la tarjeta sanitaria individual del Titular (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).
  3. Copia del DNI/NIE del Titular de la tarjeta sanitaria individual (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).
  4. Si el material ortoprotésico fuera para el Beneficiario del Titular de la tarjeta sanitaria, copia de la tarjeta sanitaria del Beneficiario.
  5. Prescripción médica del material ortoprotésico, realizada por el facultativo especialista del Sistema Nacional de Salud
  6. Factura del establecimiento ortopédico o farmacéutico en el que se ha adquirido el material ortoprotésico, siempre a nombre del destinatario del material (sea este Titular o Beneficiario de la tarjeta sanitaria). La factura deberá cumplir todos los requisitos que establece la legislación vigente:
    • a) Numeración y fecha de expedición.
    • b) Nombre, Apellidos, Razón o denominación social completa, N.I.F./C.I.F. y Domicilio, tanto del obligado a expedir la factura como del destinatario de las operaciones.
    • c) Descripción de las operaciones (concepto), consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del impuesto.
    • d) Tipo impositivo aplicado.
    • e) Cuota tributaria que se repercute, consignada por separado.
    • f) Las Facturas estarán SELLADAS, FIRMADAS y que conste como “PAGADO”.
  7. Copia de la documentación bancaria que acredite que el Titular de la tarjeta sanitaria dispone de una cuenta corriente en la que se le reintegrará la ayuda correspondiente.
  8. En caso de separación o divorcio y exclusivamente para Beneficiarios de tarjeta sanitaria, fotocopia de la sentencia que acredite tal situación.
  9. Informes médicos complementarios para los casos establecidos en el vigente catálogo general de material ortoprotésico.

Si la presentación de solicitudes se realiza ví­a registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original.

 

Presentación de solicitudes

  1. a) Presentación por Internet

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Dentro del apartado Gestión de la página web Madrid.org > Convocatorias y prestaciones > Reintegro de Gastos por Prestación ortoprotésica, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, debe tramitarlo, para ello acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de “consulta de expedientes”, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

  1. b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

Tramitación

En los productos considerados de especial prescripción en el Catálogo de Material Ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, se requerirá informe favorable de la Inspección Sanitaria (Inspección médica) previo a la fiscalización del expediente.

En los expedientes que cumplan con los criterios establecidos en la norma, la tramitación exigirá la oportuna fiscalización por parte de la Intervención Delegada de la Consejería de Sanidad.

 

Órgano Responsable

Consejerí­a de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud

 

Atención al Ciudadano a través del 012
Lunes a viernes: 8:00 a 22:00 h.
Sábados, domingos y festivos: 10:00 a 22:00 h.

 

Fecha de revisión: 12/06/2024

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