Sobre el 'Plan Adapta Madrid…

El Ayuntamiento de Madrid ha convocado la concesión de subvenciones con destino a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial.

Con esta subvención se busca la mejora de la calidad de vida de estas personas, mediante la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía, para poder facilitar la movilidad interior en la vivienda y la seguridad dentro de su entorno doméstico.

El ámbito de actuación es únicamente para las viviendas ubicadas en el municipio de la ciudad de Madrid.

REQUISITOS GENERALES

Las actuaciones subvencionables serán las que aun no se hayan iniciado, las que estén en curso de ejecución y las que hayan terminado en 2021, pero no hayan sido subvencionadas anteriormente por el plan adapta 2020.

Solo podrán ser objeto las viviendas que constituyan la residencia habitual y permanente de la persona con discapacidad.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

  • Tener reconocido y en vigor el grado de discapacidad igual o superior al 33%, con el baremo de movilidad reducida positivo, es decir, 7 puntos o más o que la discapacidad sea de carácter sensorial.
  • En los casos de discapacidad visual, el grado de discapacidad tendrá que ser igual o superior al 65%.
  • Estar empadronado en la vivienda, así como, residir de manera habitual y permanente en la misma desde al menos octubre de 2020.
  • Se podrá solicitar por más de una persona si conviviesen varias en la vivienda, siempre y cuando no coincida las actuaciones solicitadas.
  • Se deberá destinar por el beneficiario el importe íntegro a la ejecución de las obras.

CUANTÍAS

El importe total destinado a esta convocatoria asciende a un total de 3.000.000€.

La cuantía máxima de subvención por vivienda será:

  • De 14.000 € para aquellas viviendas donde residan los/as beneficiarios/as con discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%.
  • De 25.000 € para aquellas viviendas donde residan los/as beneficiarios/as con discapacidad igual o superior al 65%.

El pago de las subvenciones se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que se indique en la solicitud. El pago se realizará de manera anticipada y por la totalidad del importe concedido en la resolución definitiva.

PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DE EJECUCIÓN

La solicitud de la subvención, junto con los anexos que procedan y la documentación exigida se podrá presentar:

Plazo de presentación de las solicitudes: 13 de abril de 2021 hasta el 13 de julio de 2021, ambos días inclusive. FECHAS CERRADAS.

Una vez concedida la subvención el plazo para ejecutar las obras no podrá exceder nunca de seis meses desde la publicación de la concesión definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Si no se realizarán las actuaciones dentro de este plazo, determinará la pérdida de la subvención y la obligación de proceder a su reintegro.

Más información:

derechoshumanos@famma.org 

91 593 35 50

Descargar:

Documento adaptado a Lectura Fácil

BOAM número 8.864 de 12 de abril de 2021