Sanidad levanta la suspensión al…

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha informado de que los fármacos para el tratamiento de la artrosis que contienen diacereí­na podrán volver a utilizarse pero con determinadas restricciones y condiciones de uso, después de que en noviembre pasado se recomendara su suspensión.

La diacereí­na es un derivado antraquinónico autorizado por primera vez en España en el año 2002 para el tratamiento sintomático de la artrosis y actualmente comercializado bajo los nombres comerciales ‘Artrizan’ (Negma-Lerads), ‘Galaxdar’ (Lacer), ‘Glizolan’ (Rottapharm) y ‘Diacereí­na Normon’ (Laboratorios Normon), y forma parte de un grupo de medicamentos denominados fármacos sintomáticos de acción lenta para la artrosis. El Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (PRAC) inició una revisión de estos fármacos tras un análisis que informaba del riesgo de diarrea y alteraciones hepáticas provocados por su uso, y en noviembre recomendó suspender su administración tras determinar que la diacereí­na tení­a un balance beneficio-riesgo desfavorable.

Los laboratorios titulares de estos medicamentos ejercieron su derecho de reexaminación y propusieron nuevas medidas de prevención o minimización de tales riesgos, y ahora el PRAC ha considerado que el balance beneficio-riesgo puede mantenerse favorable si se establecen determinadas restricciones y condiciones de uso. Concretamente, y ante el riesgo de diarrea severa y las complicaciones que pueden presentarse, no se recomienda el uso de diacereí­na a partir de los 65 años de edad y el tratamiento debe iniciarse con 50 miligramos al dí­a durante las primeras 2-4 semanas de tratamiento, valorando la tolerancia del tratamiento por el paciente.

Por último, posteriormente, se debe incrementar a la dosis recomendada de mantenimiento de 100 miligramos al dí­a, y debe suspenderse en el momento en que el paciente presente diarrea.