Castilla y León deberá pagar…

Juez con mazaTras catorce años, la justicia ha llegado. En 1994 los padres de un niño de 15 meses, siguiendo el calendario vacunal de Castilla y León, acudieron a que a el bebé le pusieran la dosis conocida como triple ví­rica. El niño, que hasta ese momento gozaba de buena salud, cayó en un cuadro de encefalitis y tetraplexia espática. Hoy, su discapacidad es de un 92%.

La familia presentó una reclamación de responsabilidad penal contra la Administración alegando falta de información sobre los posibles efectos adversos de dicha vacuna que, aunque muy raros, pudieron verse facilitados por un cuadro febril del niño.

Dicha reclamación se desestimó en su dí­a por ví­a administrativa y ahora, 17 años después de aquellos hechos, el TSJ de Castilla y León condena a la Consejerí­a de Sanidad y a su compañí­a aseguradora a una compensación de 470.000 euros.

La sentencia asume los argumentos de los denunciantes y fudamenta que se produjo una falta de información sobre los posibles peligros de la vacuna “por más que se trata de un riesgo atí­pico por infrecuente”. El Tribunal, ante la gravedad del daño causado, invierte el peso de la prueba, y pide a la Administración que sea ella la que demuestre que la minusvalí­a no proviene de los efectos de aquella inyección.

En su defensa, los demandados alegaron que, si bien el riesgo existe, su compensación si este ocurre no debí­a correr a cargo de la Administración que tampoco estaba obligada a informar.