Plan Adapta Madrid2022

Subvenciones para adaptación de viviendas para personas con discapacidad y locales en edificios residenciales

La finalidad de estas subvenciones consiste en fomentar la realización de actuaciones de adaptación de las viviendas en donde residan personas con discapacidad, para la mejora de su calidad de vida mediante la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía, con el fin de facilitar la movilidad interior o aumentar la seguridad en el entorno doméstico, así como en fomentar la realización de actuaciones de accesibilidad en locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial con el objetivo de eliminar barreras arquitectónicas.

Actuaciones subvencionales más relevantes

  • Adaptación del cuarto de baño, incluyendo el cambio de bañera a ducha, instalación de asientos de ducha abatible, Smart toilet, adecuación de los sanitarios, elementos de seguridad fijos, sustitución de grifería por otros con palanca técnica o sensores, sustitución de duchas o bañeras con mamparas de cristal por mamparas de materiales no cortantes.
  • Adaptación de la cocina, incluyendo la modificación de la altura de mostrador de cocina, instalación de módulos adaptados extraíbles con zócalo accesible, instalación de módulos regulables en altura, supresión de módulos inferiores para la interacción autónoma en sillas de ruedas, placas de inducción magnética con auto apagado.
  • Adecuación de puertas o pasillos para permitir el paso con productos de apoyo para movilidad reducida.
  • Instalación/adaptación de elementos de mejora de la accesibilidad como grúas de techo, plataformas …, para el desplazamiento autónomo dentro del hogar.
  • Instalación/adaptación de barras, pasamanos, salva escaleras, rampas interiores y otros elementos de ayuda para la movilidad.
  • Adecuación de pavimentos para limitar riesgo de resbalamiento, prevención de caídas y facilitar el desplazamiento a personas con limitaciones de movilidad.
  • Instalación de domótica, sistemas de control de entorno y tecnologías del hogar digital que, por su especialidad, contribuyan justificadamente a favorecer la autonomía personal de personas con discapacidad, tales como programas informáticos o, en su caso, sus soportes, de resultar éstos indispensables, u otro dispositivo periférico de uso exclusivo para la manipulación del sistema de control del entorno esencial en la vivienda en los términos regulados en el art. 10.4 de la convocatoria.
  • Instalación de puertas con cerradura de doble apertura (interior y exterior) para evitar encierros, instalación de puertas automáticas, instalación de tarjeta de proximidad en la puerta de acceso a la vivienda, instalación de recordatorios sonoros y/o sistemas de automatización de apertura mediante mando a distancia u otro dispositivo.
  • Instalación de rejas, cristales irrompibles o insonorización de estancias que favorezcan la seguridad en las personas con discapacidad intelectual.
  • Obras auxiliares que sean precisas realizar como consecuencia exclusivamente de la actuación subvencionada, tales como pintura, carpintería, albañilería entre otras, siempre que se realicen en las mismas condiciones que estaban en su origen.

Novedades este año

Para personas con una discapacidad superior al 75% se incrementa el porcentaje de la subvención en un 90%, con los primeros 1000€ al 100% y la cuantía máxima asciende a 30.000€.

Aparecen nuevas actuaciones subvencionables: Grúas portátiles; sensores de presencia; Smart toilets y el bucle de inducción magnético del videoportero.

Locales:

Obras de accesibilidad en locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial.

Destinado tanto al acceso del local como a los baños y a los itinerarios horizontales entre ambos.

70% sobre el coste de actuación, siendo del 100% los primeros 1.000€. Cuantía máxima de subvención por local de 20.000€.

Porcentaje se incrementa al 90% y cuantía a 30.000€ en locales cuyo objeto, actividad o servicio esté relacionado con las personas con discapacidad.

Líneas de actuación

  • Línea A: Adaptación de viviendas para personas con discapacidad.
  • Línea B: Accesibilidad en locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial.

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 3.000.000,00 €, 2.000.000€ para la anualidad de 2022 y 1.000.000€ para el 2023.

Línea A – Adaptación de viviendas para personas con discapacidad:
1. De 14.000€ para aquellas viviendas donde residan personas con discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%. Los primeros 1.000€ son subvencionables al 100%, los restantes al 50%.
2. De 25.000€ para aquellas viviendas donde residan personas con discapacidad igual o superior al 65% e inferior al 75%. Los primeros 1.000€ son subvencionables al 100%, los restantes al 70%.
3. De 30.000€ para aquellas viviendas donde residan personas con discapacidad igual o superior al 75%. Los primeros 1.000€ son subvencionables al 100%, los restantes al 90%.

Línea B – Accesibilidad en locales:
1. De 20.000€ para los locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial. Los primeros 1.000€ son subvencionables al 100%, los restantes al 70%.
2. De 30.000€ para los locales situados en la planta baja de edificios de uso residencial cuando el objeto, actividad o servicio que se preste esté relacionado con las personas con discapacidad. Los primeros 1.000€ son subvencionables al 100%, los restantes al 90%.

Requisitos

Estas actuaciones deberán cumplir los siguientes requisitos generales:
– Actuaciones no iniciadas, con solicitud del título habilitante cuando fuera necesaria.
– Actuaciones en curso de ejecución en el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones, amparadas por el correspondiente título habilitante cuando fuera necesaria.
– Actuaciones finalizadas en las anualidades 2021 o 2022, amparadas por el correspondiente título habilitante cuando fuera necesaria.

Plazo de presentación y de ejecución

La solicitud de la subvención, junto con los anexos que procedan y la documentación exigida se podrá presentar:

Plazo de presentación de las solicitudes: 28 de abril de 2022 hasta el 27 de julio de 2022, ambos días inclusive.

Más información:

derechoshumanos@famma.org 

91 593 35 50