Los pagos de una obra de accesibilidad, ¿Quién los paga?
Para poder dar respuesta a esta pregunta es necesatio acudir a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Y también tener en cuenta que todas las mejoras de accesibilidad son obligatorias si en el edificio viven personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Sin embargo la duda que más suscita esta cuestión es quién debe abonar la cuenta de dichas reformas, si es el vecino solicitante o todos los vecinos. Según indica el artículo 10.b de la LPH. las obras que se lleven a cabo en la comunidad de vecinos pueden realizarse siempre que su coste anual no supere las 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes, una vez descontadas las ayudas públicas. En caso de que el coste sea mayor, la decisión deberá someterse a votación, y en caso de que la mayoría vote a favor, todos los propietarios, incluidos aquellos que no usen estos elementos, deberán contribuir a los gastos. Si el proyecto supera el límite de las 12 mensualidades, la diferencia correrá a cargo de quienes hayan solicitado las obras.