La ONU defiende el derecho de las personas con discapacidad a votar, casarse o formar una familia
El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU indicó el pasado martes que existe ‘un malentendido general’ de los países sobre la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
Así lo destacó este Comité al hacer pública dos Observaciones Generales sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en las que subrayó que la capacidad jurídica no depende de «evaluaciones discriminatorias sobre la capacidad mental» y que la accesibilidad es fundamental para el disfrute de los derechos humanos en igualdad de condiciones. «El respeto a la libertad de tomar decisiones debe concederse a todas las personas con discapacidad, sin importar cuánto apoyo necesitan», dijo Theresia Degener, del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En este sentido, Degener señaló que las personas con discapacidad, «incluidas las personas con deficiencias psicosociales o cognitivas, deben contar con apoyo en la toma de decisiones», incluso cuando se piensa en su «interés superior». Así, el artículo 12 de la Convención consagra la igualdad de reconocimiento ante la ley, afirmando que «los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida». «En la práctica, sin embargo, a muchas personas con discapacidad se les niega la capacidad jurídica, a menudo sobre la base de evaluaciones de las capacidades mentales, y se ven privadas de los derechos fundamentales, incluido el derecho al voto, el derecho a casarse y fundar una familia, y el derecho a la libertad», añadió el CDPD.