La nueva Ley del Voluntariado…

En la imagen, un grupo de voluntarios.El anteproyecto de Ley del Voluntariado, que el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy, reconoce por primera vez la singularidad de las personas con discapacidad para que puedan desarrollar labores solidarias en ONG en igualdad de condiciones que el resto.

El texto deroga la vigente ley de 1996, que no hace ninguna mención a la discapacidad, y recoge las reivindicaciones de las organizaciones de voluntariado, según confirmaron a Servimedia fuentes gubernamentales. La norma incluye entre los principios de la acción voluntaria «la accesibilidad de las personas con discapacidad» y la «no discriminación» entre las personas voluntarias por cualquier tipo de razón, ya sea nacionalidad, raza, religión, ideologí­a, edad, orientación sexual o discapacidad.

 

Además, garantiza que las personas con discapacidad, las personas mayores, las dependientes o las que tengan problemas de movilidad puedan ser voluntarias para realizar actividades altruistas en este tipo de organizaciones en las mismas condiciones que el resto, teniendo en cuenta «sus capacidades y circunstancias personales». El texto amplí­a el catálogo de derechos y deberes de los voluntarios, así­ como el de las obligaciones de las organizaciones, en comparación con lo recogido en la ley de 1996, e incorpora como novedad una lista de derechos de las ONG. Igualmente, ratifica el principio ya establecido de que la actividad de voluntariado en ningún caso podrá sustituir al trabajo retribuido ni tampoco podrá reemplazar la labor que las administraciones públicas tienen encomendadas por ley.

Asimismo, el Consejo de Ministros tiene previsto dar luz verde este viernes al anteproyecto de Ley del Tercer Sector de Acción Social, que al igual que el anteproyecto de Ley del Voluntariado se remitirá a los órganos consultivos del Gobierno para que elaboren el informe pertinente antes de su aprobación definitiva y enví­o al Parlamento.

El anteproyecto de Ley del Tercer Sector de Acción Social se configura como el primer marco jurí­dico por el que se reconoce el desempeño de las actividades que desarrollan las organizaciones que se dedican a la solidaridad, la igualdad de oportunidades, la inclusión y la participación.

Por último, la norma reconoce legalmente los organismos ya existentes de participación institucional e interlocución entre las administraciones públicas y las ONG, a la vez que se compromete a regular el Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social y la Comisión de Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector.