FAMMA reclama a la Comunidad…

 

En la imagen, las rampas de acceso a dos taxis adaptados.FAMMA-Cocemfe Madrid reclama al Gobierno regional que no haga caso omiso a los preceptos establecidos en la legislación vigente y que tome las medidas oportunas para que el colectivo de personas con discapacidad “disponga de suficientes vehí­culos adaptados (de autotaxi) que cubran sus necesidades”, tal y como establece el propio artí­culo 8 del Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo de la Comunidad.

Precisamente, la Federación recuerda a la Comunidad que, pese a que la regulación del taxi es una competencia municipal, la Administración regional, según el citado decreto, también tiene como cometido vigilar, en última instancia, que las personas del colectivo disfruten de un servicio de taxi adaptado de calidad y adecuado a sus necesidades y que, para ello, podrá emitir “informes vinculantes” en el que se recojan acciones concretas a poner en marcha, además de poder dar audiencia a “las asociaciones representativas del sector del transporte en autotaxi y a las asociaciones de consumidores y usuarios” para estudiar y analizar sus demandas.

Por todo ello, FAMMA estima que la Comunidad está dejando completamente de lado al colectivo de personas con discapacidad, sin tener en cuenta sus responsabilidades en esta materia, al no hacer nada para que, por ejemplo, se cumpla otro precepto recogido en el Real Decreto 1544/2007, de 24 de noviembre, en el que se indica que el 5% de las flotas de taxi tienen que ser accesibles antes de 2017. Ni la Administración regional, ni la local, cuentan con plan alguno para que se cumpla este porcentaje, por lo que, a juicio de la Federación, Madrid no podrá contar muy probablemente con los casi 800 taxis adaptados que deberí­an de estar en funcionamiento antes de que transcurran menos de cuatro años (ahora mismo se hallan en servicio en la ciudad 105).

Por otro lado, la Federación sostiene que sólo con incremento del número de taxis accesibles en el servicio de taxi adaptado de Madrid será posible solventar las carencias con las que se encuentran los usuarios con discapacidad de este servicio, como tiempos de espera excesivos por el escaso volumen de Eurotaxis en funcionamiento o las tarifas abusivas que aplican algunos conductores, al obligar a los usuarios a abonar cuantí­as de recogida superiores a los cinco euros, el máximo legal permitido por este concepto.

Es importante mencionar que FAMMA estima, además, que alrededor de 75.000 personas con discapacidad se encuentran en riesgo de exclusión social en nuestra región por no disponer en su municipio de un vehí­culo adaptado de taxi, pese a que el Decreto 13/2007, de 15 de marzo, de la Comunidad, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Desarrollo en materia de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, establece la relación de municipios de la Comunidad que deben de tener un taxi adaptado, entre ellos los que pertenecen a la denominada írea de Prestación Conjunta del Servicio de Taxi.

Además, la propia Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau) establece, en su artí­culo 4 que “se entenderá que se vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos, incumplimientos de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables, así­ como el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas”.

Por último, FAMMA recalca que el colectivo tiene derecho a utilizar unos medios de transporte accesibles y sin asumir sobrecostes. Así­ lo recoge numerosa legislación y tratados internacionales como la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad. En referencia a este último tratado, ratificado por la Comunidad, su artí­culo 20 se establece que las Administraciones deben “adoptar medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas: facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen a un costo asequible (…)”.