Denuncian ante Industria la existencia…

La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) ha puesto en conocimiento de la Secretarí­a de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (Setsi) la existencia de una serie de páginas web que estarí­an promoviendo la anorexia y la bulimia.

Según informó la asociación en un comunicado, estas páginas, a las que es muy fácil acceder a través de los buscadores, “publican fotos de adolescentes, especialmente chicas, extremadamente delgadas, y animan a las jóvenes a perseverar para la consecución de sus ‘ideales’ y ‘estilo de vida’ basados en esa delgadez extrema”.

 

Además, ofrecen algo que la AUC considera especialmente grave por su intemporalidad: “consejos útiles para conseguir que el rechazo a la comida pase desapercibido ante compañeros, familia, amigos, profesores, etc., con trucos para ocultar que no se ha probado bocado o que se ha vomitado lo ingerido”.

La mayorí­a de las páginas webs encontradas adoptan el formato de blogs, y en su seguimiento AUC ha podido comprobar algunas que incluyen comentarios, posts o entradas recientes, lo que significa que están activas. En todo caso, los mensajes a favor de la anorexia están ahí­, en la red, y son intemporales.

La Asociación de Usuarios de la Comunicación basa su denuncia ante Industria en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que prevé la posibilidad de retirar contenidos o impedir la difusión de webs que atenten contra la salud de las personas o atenten contra la protección de la juventud y de la infancia.

Esta norma atribuye competencias a la Administración en este campo para requerir el cese y la retirada de tales contenidos, considerándose infracción muy grave el incumplimiento por parte del prestador del servicio, sin menoscabo de la necesaria resolución judicial en caso que afecten a derechos constitucionales como la libertad de expresión. Además, la norma permite actuar no sólo en relación a los responsables de las webs, sino también requiriendo a los alojadores y almacenadores de contenidos, a los difusores e incluso a los buscadores para que impidan el acceso a esos contenidos ilí­citos.