Consejería de Políticas Sociales y Familia: Convocatoria de subvenciones para proyectos ejecutados por entidades sin fin de lucro, dirigidos a población vulnerable de la Comunidad de Madrid.
La finalidad de estas ayudas objeto es reforzar las acciones de integración e inclusión realizadas por entidades sin fin de lucro, a través de la financiación de proyectos que estén dirigidos a la población vulnerable de la Comunidad de Madrid, con especial énfasis en grupos de población concretos, tales como el colectivo LGTBI o la población asilada y desplazada, pero sin excluir al resto de colectivos y personas en situación de vulnerabilidad.
Podrán ser objeto de subvención las acciones siguientes:
- Acogida e integración de personas vulnerables: Actuaciones que contemplen el diseño de itinerarios de inserción, así como el conocimiento de sus derechos y obligaciones y el seguimiento preciso para favorecer su autonomía personal, garantizando su incorporación en la sociedad, la atención de necesidades no cubiertas por otros servicios normalizados dirigidos a la población en general.
- Atención individual o grupal e información dirigidas de manera específica a personas del colectivo LGTBI (lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales), sus familias, los profesionales que trabajan con ellos y al conjunto de la población o al propio colectivo.
- Atención a personas asiladas y población desplazada en el marco de las acciones y políticas estatales.
- Sensibilización y fomento de la convivencia. Actuaciones que sensibilicen al conjunto de la población contra todo tipo de conducta discriminatoria, basada en el sexo, el origen racial o étnico, la religión o las creencias, la orientación sexual, la identidad de género, la discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Potenciación y mantenimiento de redes dirigidas a compartir, intercambiar y unificar estrategias de actuación, experiencias, buenas prácticas y herramientas de intervención.
El plazo finaliza el 13 de octubre.
Más información:
http://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/06/BOCM-20160906-6.PDF