Ceiba Intercontinental
De manera genérica, el servicio o asistencia a recibir por parte del pasajero con movilidad reducida consiste en:
En el aeropuerto de salida
Recogida en el punto de encuentro de la persona y ayuda con su equipaje de mano, y acompañamiento al mostrador de facturación, asistencia en los trámites necesarios para facturar (comprobación de billete y facturación de equipaje), acompañamiento hacia la zona de embarque, pasando los controles de seguridad, aduanas, etc. necesarios; embarque en el avión y desplazamiento hasta el asiento designado en el mismo, guardar en el avión el equipaje de mano.
En el aeropuerto de llegada
Ayuda con el equipaje de mano, desplazamiento desde el asiento hasta la puerta del avión y desembarque; desplazamiento hacia la sala de equipajes, pasando los controles necesarios, y desde aquí, desplazamiento hasta un punto de encuentro en el aeropuerto de destino (si éste se encuentra en un Estado miembro de la Unión Europea).
En los tránsitos/conexiones
Se prestará la asistencia necesaria para realizar con éxito el tránsito o la conexión, incluyendo, si procede, maniobras de embarque, desembarque, traslados por la terminal, etc.
Téngase en cuenta que las personas con movilidad reducida que solo necesitan asistencia en los aeropuertos no pueden considerarse personas con discapacidad ni personas con movilidad reducida a bordo, a los efectos de las normas de seguridad aplicadas por la Compañía a bordo de la aeronave.
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