Adoptan nuevas medidas para el…

El Consejo de Ministros aprobó en agosto el Proyecto de Real Decreto por el que establecen medidas de acción positiva para personas con discapacidad que participen en las pruebas de acceso a formación sanitaria especializada. Se trata de las pruebas MIR para médicos y sus equivalentes para enfermeros, farmacéuticos, biólogos, psicólogos, quí­micos y radiofí­sicos. En todas las convocatorias para las pruebas de acceso a esta formación, a partir de la correspondiente al curso 2013-2014, se establecerá una reserva de plazas de al menos el 7% para personas con discapacidad.

Con el nuevo Real Decreto se establece que este porcentaje sea permanente y, además, se regula el acceso a las plazas de las personas con discapacidad. La nueva norma establece las medidas técnicas que facilitarán la aplicación de la reserva del 7% y el acceso a las plazas para las personas con discapacidad que superen el examen y acrediten que su discapacidad es compatible con el desempeño de las funciones correspondientes a la especialidad a la que se opta. Estas son algunas de las principales novedades: En las solicitudes de participación en las pruebas se hará constar expresamente si se participa por el turno de personas con discapacidad y los servicios de prevención de riesgos laborales, antes de concluir el examen médico que acredite la compatibilidad de las condiciones fí­sicas del adjudicatario con las funciones a desempeñar, podrá solicitar un informe de los órganos competentes en materia de valoración de la discapacidad en la Comunidad Autónoma que corresponda.

Asimismo, una vez tomada posesión de la plaza y superado el examen médico, se prevé la posibilidad de que los itinerarios formativos de las personas con discapacidad se adapten a sus especiales condiciones fí­sicas o sensoriales. Se trata de adecuar, en la medida de lo posible, tanto las instalaciones del centro docente como las caracterí­sticas de los escenarios de rotación.

Por último, se prevé la posibilidad de que, si una persona con discapacidad es valorada como no apta para el desarrollo de la especialidad elegida en el examen médico, solicite el cambio de especialidad en un plazo máximo de seis meses, aun cuando haya sido rescindido su contrato de trabajo por dicha circunstancia.