Objetivos

Los fines de FAMMA-Cocemfe Madrid se enumeran en el Artículo 6 de sus Estatutos, y son los siguientes:

  1. La promoción y defensa de las condiciones de vida de las personas con discapacidad física y orgánica hasta conseguir su plena integración social, mediante acciones de reivindicación y gestionando actuaciones y servicios encaminados a tal fin, en el convencimiento añadido del papel fundamental que FAMMA-Cocemfe Madrid ha de desempeñar en la construcción y desarrollo de una sociedad más justa, igualitaria y democrática.
  2. Reunir en su seno a las diversas organizaciones de la discapacidad física y/u orgánica de la Comunidad de Madrid que persigan estos fines y/o realicen actividades análogas o complementarias.
  3. Coordinar, potenciar e impulsar los objetivos y actividades de interés general de sus entidades miembros, extendiendo sus actividades a favor no exclusivamente de sus asociados sino de cualesquiera otros posibles beneficiarios que reúnan las condiciones y caracteres exigidos por la índole de sus propios fines.
  4. Representar a sus miembros ante las Administraciones Públicas o Privadas y otros Agentes Sociales, tanto personas jurídicas como físicas para la defensa de los intereses y la resolución de los problemas que afecten, en general, a las personas con discapacidades físicas y/u orgánicas.
  5. Potenciar el asociacionismo de las personas físicas o jurídicas relacionadas con la discapacidad física y/u orgánica dentro de la Comunidad de Madrid, promoviendo la constitución de asociaciones cuando y donde sean necesarias y fortaleciendo las existentes.
  6. Contribuir al desarrollo legislativo de toda norma que afecte a las discapacidades física y orgánica.
  7. El acceso a la Cultura y la Enseñanza en todos los niveles y la promoción y defensa de un Patrimonio Cultural de las personas con discapacidad física y/u orgánica, así como su promoción cultural, deportiva, social, profesional y política.
  8. Alcanzar una igualdad real para las personas con discapacidad física y/u orgánica respecto del resto de ciudadanos y la defensa de sus derechos específicos contra toda discriminación.
  9. La protección y defensa de la salud y la integridad física de las personas con discapacidad y de la efectiva asistencia a las mismas y a sus familiares.
  10. Promover y/o participar en toda iniciativa democrática y plural tendente a la unidad del Colectivo de personas con discapacidad.
  11. La formación ocupacional y continua de las personas con discapacidad haciendo especial hincapié en las mujeres, en las personas mayores de 45 años y en los jóvenes.
  12. La integración laboral de las personas con discapacidad mediante políticas de formación y selección para el empleo, ajustadas a las necesidades del mercado laboral, poniendo especial atención en las mujeres, en las personas mayores de 45 años, en los jóvenes y en los inmigrantes.
  13. Defensa de todos los derechos que se derivan de la legislación española en todos los ámbitos necesarios para las personas con discapacidad, señalando especialmente a los relacionados con la salud, el empleo, prestaciones sociales, ayudas y/o subvenciones.
  14. Promoción y exigencia a todas las autoridades y/o entidades públicas y/o privadas de aquellos derechos y necesidades de las personas con discapacidad aún no cubiertos o que puedan ser susceptibles de mejoras.
  15. Velar y exigir el cumplimiento del artículo 49 de la Constitución Española el cual recoge la atención especializada por parte de los poderes públicos a las personas con discapacidad.
  16. Promoción de la integración social y en todos los campos de los derechos que otorga nuestra Constitución para el desarrollo integral y en particular la igualdad de oportunidades para las personas inmigrantes con discapacidad física y/u orgánica, promoviendo y potenciando su participación dentro de nuestros colectivos.
  17. Promoción de la integración social y en todos los campos de los derechos que otorga nuestra Constitución para el desarrollo integral de los hombres y mujeres jóvenes con discapacidad física y/u orgánica promoviendo y potenciando su participación en las asociaciones y en la propia Federación creando, si es posible un Área o Consejo específico de jóvenes con discapacidad.
  18. Promoción de la integración social de forma general para el desarrollo integral de las personas con discapacidad física y/u orgánica dentro del territorio de la Comunidad de Madrid y, solidariamente, en el resto de los ámbitos nacional e internacional.
  19. Defensa, promoción y exigencia de óptimas condiciones de accesibilidad en la Comunidad de Madrid de manera especial y en todo el territorio español con carácter general.
  20. Promoción del voluntariado que colabora con las personas con discapacidad física y orgánica de la Comunidad de Madrid.

Para el cumplimiento de sus fines, la Federación realizará las siguientes actividades según el Artículo 7 de los Estatutos:

  1. Organizar los servicios necesarios de estudio, programación, información, asistencia técnica, gestión y otros equivalentes que las circunstancias aconsejen, así como actividades, cursos y seminarios sobre diversos aspectos de la problemática que afecta a las personas con discapacidad física y/u orgánica.
  2. Promover, facilitar y utilizar todos los medios lícitos de información, formación y difusión para dar a conocer los problemas y realizaciones de las personas con discapacidad física y/u orgánica.
  3. Estimular la constitución de Asociaciones y potenciar las existentes, así como crear fundaciones cuyo objeto social coincida con el de la Federación.
  4. La creación y/o participación en empresas, cooperativas y fundaciones y en general cualquier otro objeto, instrumento, ente, o figura que de modo directo o indirecto pueda contribuir a la realización de los fines de la Federación, o redundar en beneficio de la generalidad de las personas con discapacidades físicas y orgánicas y de sus familiares.
  5. Valerse de cualquier otro medio lícito que sirva para la realización de sus objetivos.
  6. La realización de cursos de formación con el objeto de promover y facilitar la formación continua y ocupacional, y la inserción laboral de las personas con discapacidad, con especial atención a las mujeres, a los mayores de 45 años, a los jóvenes y a los inmigrantes. Para ello, si es necesario, se alquilarán los medios técnicos o recursos materiales que fueran precisos para este buen fin.
  7. Promocionar y asistir a todos aquellos foros que desarrollen los derechos inherentes a la condición de personas con discapacidad.
  8. Cualquier otra actividad análoga que se realice con el objeto de cumplir los fines anteriores.

Las actividades se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 32.1b) de la Ley Orgánica 1/2002, Reguladora del Derecho de Asociación.

 

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