FAMMA denuncia el trato discriminatorio…

Avión de VuelingFAMMA-Cocemfe Madrid denuncia el trato discriminatorio y vejatorio protagonizado por la compañí­a aérea Vueling Airlines al denegar el embarque en uno de sus vuelos a una mujer con esclerosis múltiple argumentando que se encontraba en “estado de embriaguez”; lo que a juicio de la Federación representa una flagrante vulneración de los derechos fundamentales de no discriminación a las personas con discapacidad, demostrando además una intolerable falta de respeto y un amplio desconocimiento de la enfermedad y los trastornos que acarrea.

Los hechos acontecieron el pasado 12 de julio, cuando R.C.M. se disponí­a a emprender su regreso a Madrid tras disfrutar de unas vacaciones en Lanzarote. En ese momento, el personal ubicado en la puerta de embarque impidió su acceso al avión aduciendo que se encontraba bajo los efectos del alcohol y que eso podrí­a afectar a la seguridad del vuelo.

Posteriormente, desoyendo las afirmaciones de la afectada acerca de su discapacidad, le animaron a regresar al dí­a siguiente “en un correcto estado”, lo que añade a los perjuicios morales ante una situación tan desagradable, unos evidentes daños económicos derivados de la necesidad de adquirir un nuevo billete y una habitación de hotel para pasar una noche más en la isla junto a su madre octogenaria.

Tras la pertinente reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, la ví­ctima de esta discriminación por parte de Vueling Airlines recibió una inesperada respuesta confirmando el archivo de su queja, asegurando que después de solicitar a la compañí­a aérea un informe sobre los hechos expuestos, considera que no se produjo una denegación de embarque a los efectos determinados en el Reglamento (CE) 261/2004, que establece las compensaciones económicas a los pasajeros a los que se les deniegue el embarque.

Javier Font, presidente de FAMMA-Cocemfe Madrid, asegura que “la situación adquiere tintes de ‘comicidad’ cuando, según la AESA, la compañí­a ha probado todos los aspectos requeridos. ¿Qué aspectos son esos si en ningún momento se le realizó a esta mujer una prueba sola prueba que pudiera demostrar lo argumentado? Sin embargo, existe un informe médico que demuestra de forma clarividente los problemas de salud actuales de la ví­ctima”.

Y es que, en efecto, el informe habla de que R.C.M. es una “mujer con una minusvalí­a de 66% a causa de una esclerosis múltiple y de un retraso psicomotor (…) La EM le ha producido diplopí­a con frecuentes mareos, vértigos y sensación de inestabilidad, que asociada a una hipoacusia crónica (lleva prótesis auditiva bilateral) le ocasiona con frecuencia episodios de inestabilidad. No constan ningún antecedente de consumo de tóxicos y jamás en los años que lleva en este centro de salud ha acudido en situación de embriaguez”.

FAMMA-Cocemfe Madrid considera que esta resolución carece de total credibilidad y reclama una revisión del caso adaptándose a la realidad probatoria del mismo, ya que parece que las pruebas presentadas por la afectada no han sido tenidas en cuenta, mientras que por el contrario han cobrado mayor importancia las “no pruebas” de la compañí­a aérea.

Ante la gravedad del caso, la Federación madrileña pide además a las autoridades competentes una sanción no sólo acorde al reglamento previamente referido, sino actuar con todo el rigor necesario y acogerse a la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, por lo que la compañí­a se podrí­a enfrentar a una multa de hasta 1.000.000 de euros.

Por último, FAMMA-Cocemfe Madrid pide a la sociedad en general y a las empresas ubicadas en nuestro paí­s una mayor implicación a la hora de conocer la situación del colectivo, lo que repercutirí­a favorablemente en los servicios prestados a todos los ciudadanos independientemente de su estado de salud, algo que beneficiarí­a la calidad de vida del colectivo de la discapacidad, al mismo tiempo que la imagen social de toda compañí­a.